RENOVACIÓN DE RESIDENCIA PARA EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS (ENCSARP)
Presencial
Documentos asociados
Descripción
La Inscripción en el Padrón Municipal de los Extranjeros No Comunitarios sin Autorización de Residencia Permanente, está sujeta a renovación periódica cada dos años, pudiendo ser acordada la caducidad de la inscripción, sin necesidad de audiencia al interesado, siempre que éste no proceda a tal renovación. La renovación supondrá la ratificación de los datos que ya constan en el Padrón incluyendo una declaración de continuar viviendo en España y su voluntad de renovar la inscripción.
¿Quién debe presentarlo?
El interesado o representante autorizado.
Documentación a aportar
- Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor.
- En el caso de menores se deberá aportar el Libro de Familia o el Certificado de Nacimiento, así como el Documento de Identidad del progenitor o el de representación legal.
Lugar de presentación
Por Registro Municipal o por cualquiera de los medios contemplados en la ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, de Procedimiento Administrativo Común y de las Administraciones Públicas.
- Presencial: Departamento de Padrón Plaza de la Villa nº 1 Horario de atención: Lunes, martes, jueves y viernes: de 8,00 a 15,00 horas. Miércoles: de 8,00 a 15,00 horas y de 17,30 a 20,00 horas
Fechas y plazos de presentación
Todo el año.
Plazo de tramitación
Dos días
Formas de Pago
La tramitación no tiene ningún coste.
Normativa
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada en relación con el Padrón Municipal por la Ley 4/1996, de 10 de enero.
- Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, modificado por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre.
Organismo resolutor
Alcaldía
¿Quién tramita la solicitud?
Departamento de Padrón
Más información
- Sentido del silencio: Positivo.
- En el supuesto de que el extranjero hubiese solicitado inicialmente la inscripción padronal mediante el Pasaporte, y posteriormente se presentara con una Tarjeta de Identidad de Extranjero o esta sea comunicada por el INE, se modificara el número de identificación para ajustarlo a esta última.
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