Web oficial del Excmo. Ayuntamiento de Daganzo

Logo Ayto Daganzo

RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA ACTOS ADMINISTRATIVOS DE CONTENIDO TRIBUTARIO

Registro electrónico
Presencial
Documentos asociados

Descripción

Este trámite permite presentar un recurso de reposición contra resoluciones o actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa ante la Concejala de Hacienda.

¿Quién debe presentarlo?

Los sujetos pasivos y, en su caso, los responsables de los tributos, así como los obligados a efectuar el ingreso de derecho público de que se trate, así como cualquier persona cuyos intereses legítimos y directos resulten afectados por el acto administrativo de gestión.

Documentación a aportar

  • Solicitud en impreso normalizado.
  • Fotocopia autenticada DNI/NIE/NIF/CIF del interesado.
  • Toda aquella documentación que se considere apropiada para probar lo alegado.

Lugar de presentación

Por Registro Municipal o por cualquiera de los medios contemplados en la ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, de Procedimiento Administrativo Común y de las Administraciones Públicas.

  • Presencial: Departamento de Recaudación Plaza de la Villa nº 1
    • Horario de atención:
      • Mañanas: Lunes, martes, miércoles, jueves y viernes: de 8:00 a 15:00 horas.
      • Tardes: Miércoles de 17:30 a 20:00 horas.
  • Tramitación telemática: Para utilizar esta opción es necesario utilizar el DNI electrónico o un certificado digital admitido por la sede electrónica del Ayuntamiento.

Fechas y plazos de presentación

1 mes a contar desde el día siguiente a la notificación expresa del acto impugnado o en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente en que el recurso debe entenderse desestimado por silencio administrativo, si no hay resolución expresa.

Plazo de tramitación

1 mes.

Formas de Pago

La tramitación no tiene ningún coste.

Normativa

  • Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria.
  • Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Organismo resolutor

Concejalía de Economía y Hacienda.

¿Quién tramita la solicitud?

Departamento de Recaudación

Más información

Sentido del silencio: Negativo.

  • Deberá tener en cuenta que la mera interposición del Recurso de Reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado, con las consecuencias legales consiguientes, incluso la recaudación de cuotas o derechos liquidados, intereses, recargos y costas.
  • Contra la resolución del Recurso de Reposición se puede interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.
  • Para suspender el procedimiento de pago de la deuda contra la cual se recurre, es necesario presentar garantía que cubra el principal más los intereses de demora, sumando el 25% a dicho importe cuando la deuda se encuentre en período ejecutivo.
  • La garantía se puede consistir en: depósito en dinero efectivo, aval o fianza solidaria prestada por una banco o caja de ahorros.
Volver