DIVISIÓN DE CUOTAS DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES (IBI) POR COTITULARIDAD
Registro electrónico
Presencial
Documentos asociados
Descripción
Solicitud expresa de la división de la cuota del impuesto proporcionalmente al porcentaje de participación en el dominio o derecho del inmueble.
¿Quién debe presentarlo?
Cotitulares del IBI que quieran dividir la cuota proporcionalmente al porcentaje de participación.
Documentación a aportar
- Solicitud en impreso normalizado.
- Fotocopia autenticada DNI/NIE/NIF/CIF del interesado.
- Fotocopia autenticada DNI/NIE/NIF/CIF de todos los cotitulares.
Lugar de presentación
Por Registro Municipal o por cualquiera de los medios contemplados en la ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, de Procedimiento Administrativo Común y de las Administraciones Públicas.
- Presencial: Departamento de Recaudación Plaza de la Villa nº 1
- Horario de atención:
- Mañanas: Lunes, martes, miércoles, jueves y viernes: de 8:00 a 15:00 horas.
- Tardes: Miércoles de 17:30 a 20:00 horas.
- Tramitación telemática: Para utilizar esta opción es necesario utilizar el DNI electrónico o un certificado digital admitido por la sede electrónica del Ayuntamiento.
Fechas y plazos de presentación
Antes del 31 de diciembre para que tenga efectos al año siguiente a su concesión.
Plazo de tramitación
6 meses
Formas de Pago
La tramitación no tiene ningún coste.
Organismo resolutor
Concejalía de Economía y Hacienda.
¿Quién tramita la solicitud?
Departamento de Recaudación
Más información
Sentido del silencio: Negativo.
- La división no procede cuando alguna de las cuotas resultantes sea inferior a 6 euros.
- La concurrencia de varios obligados tributarios en una misma obligación determinara que queden solidariamente obligados frente a la Administración tributaria al cumplimiento de todas las prestaciones, salvo que por ley se disponga expresamente otra cosa. Por lo que si alguna de las cuotas resultantes de la división resulta impagada, se exigirá el pago de la deuda a cualquiera de los responsables solidarios.
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