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CERTIFICADO DE ESTAR AL CORRIENTE DE PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS

Registro electrónico
Presencial
Documentos asociados

Descripción

El trámite permite obtener certificado de no tener con el Ayuntamiento de Daganzo deudas tributarias en período ejecutivo, o estén estas aplazadas, fraccionadas o acordada su suspensión.

¿Quién debe presentarlo?

Cualquier ciudadano/a que necesite este tipo de certificación.

Documentación a aportar

  • Solicitud en impreso normalizado.
  • Fotocopia autenticada DNI/NIE/NIF/CIF del interesado.
  • Si el solicitante es persona distinta del obligado tributario se adjuntará además, copia autenticada del DNI/NIE/NIF/CIF del obligado tributario y autorización debidamente firmada o fotocopia del poder para representar.

Lugar de presentación

Por Registro Municipal o por cualquiera de los medios contemplados en la ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, de Procedimiento Administrativo Común y de las Administraciones Públicas.

  • Presencial: Departamento de Recaudación Plaza de la Villa nº 1
    • Horario de atención:
      • Mañanas: Lunes, martes, miércoles, jueves y viernes: de 8,00 a 15,00 horas.
      • Tardes: Miércoles de 17,30 a 20,00 horas.
  • Tramitación telemática: Para utilizar esta opción es necesario utilizar el DNI electrónico o un certificado digital admitido por la sede electrónica del Ayuntamiento.

Fechas y plazos de presentación

A voluntad del interesado

Plazo de tramitación

5 días

Formas de Pago

La tramitación no tiene ningún coste.

Normativa

  • Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria.
  • Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.

Organismo resolutor

Concejalía de Economía y Hacienda.

¿Quién tramita la solicitud?

Departamento de Recaudación

Más información

Sentido del silencio: Negativo.

  • En ningún caso el certificado interrumpe o paraliza los plazos de caducidad o prescripción, ni afecta a posteriores actuaciones de comprobación, investigación o regularización de la situación a que está referida.
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